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    Diputados con opiniones encontradas sobre aprobación de proyecto que grava con tasa cero a productos

     




    Legisladores de distintas bancadas en el Congreso Nacional tienen opiniones encontradas sobre la aprobación del proyecto de Ley que grava con tasa cero en el arancel a productos de la canasta básica.

    El diputado por el PLD, Sócrates Pérez, cuestionó la aprobación de proyecto de Ley, ya que considera que el mismo afectará al pueblo de manera directa.

    “Que garantía tiene el pueblo de que eso va abaratar los costos, porque después que el presidente Luis Abinader entró al Gobierno las importaciones se han elevado” indicó.
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    Agregó: “Si logran aprobar ese proyecto de Ley, eso va a venir a quebrar muchos productores y a elevar los costos” expresó el dirigente opositor, quien dijo además que los grandes beneficiarios de este proyecto de Ley serán los grandes productores.

    Mientras, el diputado por el PRM, Amado Díaz, aseguró que el próximo martes el proyecto será aprobado en segunda lectura, para luego ir al Senado.

    A su vez, minimizó el retiro de los legisladores de la oposición, quienes se retiraron cuando se conocía el proyecto. “Eso es parte de la dinámica del Congreso”.

    Para la diputada del PLD, Mercedes Rodríguez, dijo que las importaciones han aumentado afectan de manera directa la producción nacional. Dijo que el país es autosuficiente en producción de pollo, arroz y huevo, por lo que no considera necesario importar estos productos.
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    Entre los 67 productos de la canasta básica figuran carnes de res, carne de cerdo, carne de pollo, leche en polvo, mantequilla, ajos, arvejas, frijoles negros, y los frijoles rojo y blanco, lentejas, habas, gandules, guisantes, grasas y aceite, margarinas y pastas alimenticias, entre otros productos de primera necesidad.

    La pieza legislativa, proveniente del Poder Ejecutivo, en su artículo único señala que quedan gravados de manera provisional con tasa cero en el arancel de Aduanas, por un período de seis meses, contados a partir de la entrada en vigor de la presente ley, los bienes clasificados en las subpartidas arancelarias a ocho dígitos del Sistema Armonizado establecido en el anexo I de la ley 146-00.

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